
Toda sociedad limitada que use software informático para emitir facturas está obligada a cumplir con Verifactu desde el 1 de enero de 2026. La sanción por usar software no conforme puede alcanzar los 50.000€ por ejercicio. Esta guía explica qué necesita tu SL, cómo verificar que estás cubierto y qué hacer si tu software todavía no está homologado.
Sí. Verifactu se aplica a todas las empresas y profesionales que usen sistemas informáticos para emitir facturas y estén sujetos al Impuesto sobre Sociedades (IS) o al IRPF. Toda SL tributa por IS, así que todas las SL están incluidas.
Hay una excepción relevante. Si tu SL ya está sujeta a la obligación de factura electrónica entre empresas (la Ley Crea y Crece, que afecta a empresas con facturación superior a 8 millones de euros) y ya emites facturas electrónicas certificadas a través de una plataforma acreditada, Verifactu no es un requisito adicional. Para la gran mayoría de SLs por debajo de ese umbral, Verifactu es el camino obligatorio.
Si facturas con hojas de cálculo, Word o software no homologado, necesitas migrar a un sistema compatible. La obligación ya está en vigor.
La obligación de cumplir con Verifactu para sociedades limitadas entró en vigor el 1 de enero de 2026. No es una fecha futura: si tu SL ha emitido facturas este año con software no conforme, el riesgo ya existe.
Los plazos de Verifactu se han desplazado varias veces desde la ley original de 2021. La obligación, sin embargo, no ha desaparecido en ningún momento. Trata la fecha actual como definitiva y actúa en consecuencia. Un nuevo retraso no elimina la infracción acumulada.
Para los autónomos sujetos al IRPF, el plazo es el 1 de julio de 2026. Si gestionas tanto una SL como una actividad como autónomo, ambas obligaciones te afectan. Más información: Verifactu para autónomos: fechas, QR y sanciones.
Verifactu es un estándar técnico, no un trámite de presentación. Tu responsabilidad es usar software de facturación que lo cumpla. En concreto, el software debe:
Si tu software actual no hace todo esto, no es conforme. El proveedor debe confirmarte por escrito que su sistema está homologado por la AEAT.

Antes de emitir tu próxima factura, comprueba estos puntos:
Si alguna comprobación falla, contacta con tu proveedor antes de emitir otra factura. Para SLs con bajo volumen, la herramienta gratuita de la AEAT es una opción válida: Verifactu gratis: cómo cumplir a coste cero.
La Ley 11/2021 introdujo sanciones específicas por infracciones en el software de facturación, recogidas en el artículo 201 bis de la Ley General Tributaria:
Estas multas recaen sobre tu SL, no sobre el proveedor del software. Elegir un software no conforme es una decisión operativa tuya. Tu gestoría no puede tomarla en tu nombre ni asumir la responsabilidad si la AEAT detecta un sistema no homologado.
Una vez actualizado el software, comprueba lo siguiente antes de emitir la próxima factura:
Si alguna comprobación falla, contacta con tu proveedor antes de emitir otra factura.
"Verifactu solo afecta a los autónomos."
No. La obligación incluye a todas las entidades sujetas al IS o al IRPF que usen software de facturación. Tu SL está plenamente incluida.
"Si mi SL está exenta de IVA, Verifactu no me afecta."
La exención de IVA y el cumplimiento de Verifactu son cuestiones independientes. La norma regula tu sistema de facturación, no tu situación respecto al IVA. Una SL exenta de IVA sigue emitiendo facturas y debe cumplir.
"Solo emito unas pocas facturas al año, así que seguramente no me aplica."
No hay volumen mínimo. Una factura al año es suficiente para activar la obligación si usas un sistema informático para emitirla.
"Mi gestoría se encarga de esto."
Tu gestoría gestiona la contabilidad y las declaraciones. Qué software de facturación usa tu SL es una decisión operativa que recae sobre ti. Tu gestor no puede tomarla en tu nombre.
"La AEAT avisará antes de sancionar a alguien."
No existe un sistema de avisos previos. Las sanciones se aplican cuando una inspección detecta software no conforme en uso. Cuando recibes cualquier comunicación de la AEAT, la infracción ya está registrada.
Los plazos de Verifactu ya se han desplazado varias veces desde la ley original de 2021. Pueden volver a moverse. La obligación no desaparecerá.
La mejor forma de mantenerte al día:
Trata la fecha actual como definitiva y planifica en consecuencia. Un retraso no significa que la obligación haya perdido fuerza, ni que las facturas emitidas con software no conforme queden exentas retroactivamente.
No. Verifactu y la factura electrónica obligatoria son cosas distintas que vienen de leyes diferentes. Verifactu regula cómo tu software registra las facturas internamente. La factura electrónica obligatoria entre empresas (derivada de la Ley Crea y Crece) regula el formato en que debes enviar facturas a tus clientes. Las grandes empresas pueden necesitar ambas. La mayoría de SLs solo necesitará Verifactu.
Sí. La AEAT ofrece una herramienta gratuita conforme con Verifactu. Para SLs con alto volumen de facturas o necesidades complejas, el software especializado es más práctico. Para una SL con poco volumen, la herramienta de la AEAT es una opción legítima.
Solo a las facturas que emite tu SL. Las facturas recibidas no están incluidas en la obligación.
Sí. Verifactu se aplica a todas las facturas emitidas por tu SL, independientemente de dónde esté el cliente.
Si la fecha de entrada en vigor ya ha pasado (1 de enero de 2026 para SLs), sí. Migra a un sistema homologado lo antes posible y consulta con tu asesor si hay riesgo acumulado desde enero.
Si tu SL emite alguna factura, sí. Si no tiene actividad facturadora, la obligación práctica puede no surgir. Confirma los detalles con tu asesor fiscal.
Si gestionas una SL y quieres confirmar que tu sistema de facturación cumple con Verifactu antes de una inspección, un asesor puede revisar tu situación. Habla con un asesor de renn.