
La Ley 18/2022, conocida como Crea y Crece, hace obligatoria la facturación electrónica B2B para todas las empresas y autónomos una vez que se publique en el BOE el Real Decreto que activa la ley. El despliegue será gradual: los negocios con más de 8 millones de euros de facturación entran 12 meses después del Real Decreto; el resto, 24 meses después. Hasta que ese Decreto no esté en el BOE, los plazos no han empezado. Los borradores definen formatos aceptados, interconexión gratuita entre plataformas y un plazo de 4 días para comunicar cambios de estado de la factura. No lo confundas con Verifactu, las reglas de software antifraude del RD 1007/2023. Para el contexto completo, consulta la guía de facturación para autónomos.
¿Cuándo será obligatoria la facturación electrónica? Después de que el Real Decreto se publique en el BOE. Desde esa fecha: 12 meses para negocios con más de 8 millones de euros y 24 meses para el resto.
¿Qué formatos son válidos? Facturae, UBL, EDIFACT y CEFACT según los últimos borradores. Son ficheros estructurados que un ordenador puede procesar. Un PDF simple no es suficiente.
¿Necesito Verifactu por la Ley Crea y Crece? Son regímenes distintos. Elige un software que cubra ambos calendarios para hacerlo una sola vez.
¿Tengo que declarar los estados de la factura? Sí. Los destinatarios deben comunicar aceptación o rechazo y el estado de pago en un plazo de 4 días.
¿Esto afecta a las ventas a consumidores? La Ley Crea y Crece se centra en B2B. Las operaciones B2C quedan fuera de esta obligación.
Ámbito: Todas las operaciones B2B deberán usar una factura electrónica estructurada una vez aprobado el Real Decreto. El papel o un PDF por sí solo no cumplen la norma.
Activación: Las obligaciones empiezan solo después de que el Real Decreto se publique en el BOE. A abril de 2026, sigue pendiente.
Fases: Más de 8 millones de euros de facturación: 12 meses después de la fecha del BOE. El resto: 24 meses después.
Consejo: si necesitas repasar qué es una factura electrónica y cómo funciona, consulta nuestra guía de conceptos básicos: La factura electrónica.
Finalidad: impulsar la creación y el crecimiento empresarial, reducir trámites, combatir la morosidad y digitalizar las transacciones. La facturación electrónica B2B obligatoria es una de sus herramientas principales.
Otras medidas: constitución de S.L. con capital social de 1 euro, simplificación de licencias y autorizaciones, y actualizaciones en las normas de crowdfunding y financiación empresarial.
La e-factura no es solo un cambio de documento. Obliga a depurar datos de clientes y proveedores, agiliza la gestión de disputas y ofrece un hilo de auditoría más claro.
Estado: el último borrador se reanudó como audiencia pública en marzo de 2025. Fija el régimen legal y técnico para la facturación electrónica B2B: formatos, interconexión, acceso del destinatario y declaración de estados.
Se aceptan Facturae, UBL, EDIFACT y CEFACT, con posibilidad de añadir más. Son ficheros estructurados legibles por máquina. Una imagen escaneada o un PDF simple no pueden procesarse automáticamente.
Explicación sencilla: piensa en una e-factura estructurada como una hoja de cálculo que el ordenador lee línea a línea. Un PDF es una imagen.
Interoperabilidad gratuita entre plataformas. Tu proveedor debe poder enviar y recibir de otros sin trabas adicionales.
Acceso del destinatario durante 4 años. El destinatario podrá consultar y descargar sus facturas mediante un portal o API durante al menos cuatro años. Planifica identidad y permisos desde el principio.
Estado comercial: el destinatario comunica aceptación o rechazo en un plazo de 4 días. Si rechaza, debe indicar el motivo.
Estado de pago: el destinatario declara cuándo se paga y la fecha efectiva. Útsalo para perseguir impagos y limpiar tu listado de vencidos.
Por qué 4 días: crea una visión casi en tiempo real del ciclo de cobros. Forma a los equipos para evitar bloqueos en el proceso.

La Ley 18/2022 se publicó el 29 de septiembre de 2022. La mayoría de medidas no relacionadas con e-factura entraron en vigor 20 días después. La obligación de e-factura espera al Real Decreto para iniciar el despliegue.
El calendario se activará cuando el Real Decreto se publique en el BOE:
A abril de 2026, el Real Decreto sigue sin publicarse. Planifica con esa hipótesis, pero no comprometas fechas internas hasta que salga el BOE.
El texto oficial que puedes citar incluye el artículo que amplía la e-factura B2B modificando la Ley 56/2007: BOE - Ley 18/2022 Crea y Crece.
No lo confundas con el RD 1007/2023 sobre la integridad del software de facturación en el marco Antifraude, ni con el RD 254/2025 que movió esas fechas de adopción. Alcance distinto y ministerios distintos.
Estructurada y automatizable. La e-factura debe ser un fichero que un ordenador pueda procesar sin teclear a mano. Facturae sigue siendo clave. UBL y EDIFACT son comunes en cadenas de suministro europeas.
Envío y acceso. El emisor debe asegurar el envío electrónico correcto y que el destinatario pueda acceder a las facturas durante años. Normalmente implica un portal seguro y APIs.
Para una visión práctica de herramientas y mecanismos, consulta nuestra guía sobre e-factura obligatoria para autónomos y pymes.
Vías legales distintas. La Ley Crea y Crece regula la e-factura B2B. Antifraude y el régimen Verifactu establecen reglas de integridad del software de facturación y, opcionalmente, el envío en tiempo real a la Agencia Tributaria. El RD 254/2025 ajustó las fechas de Verifactu.
Propietarios distintos. Economía lidera Crea y Crece. La Agencia Tributaria lidera Verifactu. Son obligaciones separadas que deben planificarse juntas.
Confusión habitual. Muchos resúmenes mezclan ambos. Sepáralos al planificar. Tu hoja de ruta debe alinearse con los dos calendarios para no trabajar dos veces.
La Ley Crea y Crece hará obligatoria la e-factura B2B cuando el Real Decreto se publique en el BOE. Desarrolla Facturae, UBL, EDIFACT y CEFACT. Organiza los flujos de estados en 4 días. Asegura la interconexión de plataformas y el acceso del destinatario a largo plazo. Ajusta el despliegue a tu tramo de facturación y vigila la publicación del Real Decreto mientras cumples con las fechas de Verifactu. Para una visión completa, lee nuestra guía: factura electrónica obligatoria para autónomos.